El Gobierno nacional reglamentó esta madrugada el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las modificaciones más significativas incluidas en la Ley de Modernización Laboral aprobada en febrero pasado. La medida, publicada en el Boletín Oficial, cambia radicalmente el sistema de pago de indemnizaciones para trabajadores del sector privado en todo el país.
El nuevo esquema obliga a los empleadores privados a constituir cuentas individuales en fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Solo estarán cubiertos los trabajadores que hayan sido registrados correctamente al menos doce meses antes de la extinción del vínculo laboral.
Para las empresas porteñas y del conurbano bonaerense, que concentran gran parte del empleo registrado del país, este cambio representa un desafío operativo considerable. Deberán elegir una entidad habilitada por la CNV, abrir su cuenta individual y recibir un identificador único llamado "ID FAL". Si no lo hacen en el plazo de un mes, la CNV les asignará de oficio un fondo o fideicomiso.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de derivar las contribuciones mensuales a cada cuenta, integrando el pago a la declaración unificada de la seguridad social. Los empleadores podrán deducir estas contribuciones del impuesto a las ganancias y tendrán una reducción equivalente en las contribuciones patronales, salvo cuando la obligación esté suspendida.
Cuando se produzca un despido cubierto por el FAL, el proceso será automatizado: el empleador presentará una declaración jurada electrónica y la entidad habilitada verificará los datos del trabajador antes de transferir la indemnización directamente a su cuenta bancaria en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Las inversiones del fondo estarán limitadas a instrumentos financieros negociados en Argentina, y la comisión por administración no podrá superar el 1% anual de los activos. El decreto también prevé sanciones para quienes incumplan la obligación de contribuir, con multas ejecutables por ARCA.
Para los trabajadores de la Ciudad de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires, este sistema promete mayor certidumbre en el cobro de indemnizaciones, eliminando el riesgo de que las empresas no puedan hacer frente a sus obligaciones laborales por falta de liquidez. Sin embargo, la efectividad del mecanismo dependerá de la correcta implementación y supervisión por parte de los organismos de control.
El régimen contempla mecanismos de portabilidad para migrar fondos entre entidades y reglas específicas para casos de reorganización societaria o transferencia de establecimientos. Los recursos solo podrán ser devueltos al empleador en caso de disolución si no existen contingencias laborales pendientes.

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