01/06/2026 · 10:01

Reglamentan el Fondo de Asistencia Laboral: cómo cambian las indemnizaciones

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial la reglamentación del FAL, que modifica el sistema de pago de indemnizaciones laborales. Los empleadores deberán constituir cuentas individuales en fondos de inversión para cubrir las obligaciones con trabajadores registrados.

Por Julieta Mendizabal Redacción Notibaires24
Reglamentan el Fondo de Asistencia Laboral: cómo cambian las indemnizaciones

El Gobierno nacional reglamentó esta madrugada el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una de las modificaciones más significativas incluidas en la Ley de Modernización Laboral aprobada en febrero pasado. La medida, publicada en el Boletín Oficial, cambia radicalmente el sistema de pago de indemnizaciones para trabajadores del sector privado en todo el país.

El nuevo esquema obliga a los empleadores privados a constituir cuentas individuales en fondos comunes de inversión o fideicomisos financieros autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV). Solo estarán cubiertos los trabajadores que hayan sido registrados correctamente al menos doce meses antes de la extinción del vínculo laboral.

Para las empresas porteñas y del conurbano bonaerense, que concentran gran parte del empleo registrado del país, este cambio representa un desafío operativo considerable. Deberán elegir una entidad habilitada por la CNV, abrir su cuenta individual y recibir un identificador único llamado "ID FAL". Si no lo hacen en el plazo de un mes, la CNV les asignará de oficio un fondo o fideicomiso.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será la encargada de derivar las contribuciones mensuales a cada cuenta, integrando el pago a la declaración unificada de la seguridad social. Los empleadores podrán deducir estas contribuciones del impuesto a las ganancias y tendrán una reducción equivalente en las contribuciones patronales, salvo cuando la obligación esté suspendida.

Cuando se produzca un despido cubierto por el FAL, el proceso será automatizado: el empleador presentará una declaración jurada electrónica y la entidad habilitada verificará los datos del trabajador antes de transferir la indemnización directamente a su cuenta bancaria en un plazo máximo de cinco días hábiles.

Las inversiones del fondo estarán limitadas a instrumentos financieros negociados en Argentina, y la comisión por administración no podrá superar el 1% anual de los activos. El decreto también prevé sanciones para quienes incumplan la obligación de contribuir, con multas ejecutables por ARCA.

Para los trabajadores de la Ciudad de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires, este sistema promete mayor certidumbre en el cobro de indemnizaciones, eliminando el riesgo de que las empresas no puedan hacer frente a sus obligaciones laborales por falta de liquidez. Sin embargo, la efectividad del mecanismo dependerá de la correcta implementación y supervisión por parte de los organismos de control.

El régimen contempla mecanismos de portabilidad para migrar fondos entre entidades y reglas específicas para casos de reorganización societaria o transferencia de establecimientos. Los recursos solo podrán ser devueltos al empleador en caso de disolución si no existen contingencias laborales pendientes.

En contexto
¿Qué es el FAL?
Antecedentes
Antecedentes de la reforma

Preguntas frecuentes

¿Cuándo entra en vigencia el Fondo de Asistencia Laboral?
El FAL ya está reglamentado y los empleadores deben comenzar a constituir sus cuentas individuales según los plazos establecidos por la CNV.
¿Todos los trabajadores están cubiertos por el FAL?
Solo los trabajadores registrados del sector privado que hayan estado al menos 12 meses en la empresa antes del despido.
¿Qué pasa si mi empleador no constituye el fondo?
La CNV le asignará de oficio un fondo o fideicomiso, y el empleador enfrentará sanciones por incumplimiento.

Comentarios

Lector· hace unos minutos
Era hora de que hagan algo para garantizar las indemnizaciones. Cuántas veces vimos empresas que se fundían y los trabajadores se quedaban sin nada.
Lector· hace unos minutos
Otro impuesto más disfrazado. Al final siempre pagamos los trabajadores porque las empresas van a trasladar el costo.
Lector· hace unos minutos
Me parece bien el sistema, pero ¿quién controla que las entidades inviertan bien la plata? No vaya a ser que después tengamos otro corralito.
Lector· hace unos minutos
@LaFlaca33 No es un impuesto, es una garantía. Mejor tener la plata asegurada que quedarte en bolas cuando te echan.
Lector· hace unos minutos
Trabajo en RRHH y esto va a ser un quilombo administrativo terrible. Imagínense las pymes que no tienen estructura para esto.
Lector· hace unos minutos
@El Tano Claro, pero mientras tanto las empresas van a reducir sueldos para compensar. Siempre es lo mismo.
Lector· hace unos minutos
Por fin una medida que protege al trabajador. En otros países esto existe hace años y funciona bárbaro.
Lector· hace unos minutos
¿Y si la empresa quiebra igual? ¿Quién garantiza que el fondo tenga plata suficiente?
Lector· hace unos minutos
@Silvia Peralta Las pymes ya venían complicadas, esto las va a terminar de fundir. Milei prometía menos burocracia, no más.
Lector· hace unos minutos
Mi marido labura en una empresa chica y el patrón ya está diciendo que va a tener que echar gente por esto. Una locura.
Lector· hace unos minutos
Típico de este gobierno: te venden libertad y te meten más regulaciones. Son todos iguales.
Lector· hace unos minutos
@Diego Martinez ¿En qué países funciona? Porque acá todo lo que tocan lo rompen.

Con información de Infobae.