El Congreso de la República del Perú debate un nuevo proyecto de ley que habilitaría un noveno retiro de AFP de hasta 4 UIT, equivalentes a 22.000 soles. La iniciativa, impulsada por la congresista Catherin Palomino, de la bancada de Juntos por el Perú, busca permitir a los afiliados del Sistema Privado de Pensiones acceder de forma voluntaria, excepcional y limitada a parte de sus cuentas individuales de capitalización.
El texto se presenta como una excepción temporal a la prohibición de nuevos desembolsos incluida en la Ley N.° 32123, conocida como Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano. Según el proyecto, la medida no modificaría ni derogaría expresamente las disposiciones vigentes, sino que establecería una autorización con carácter excepcional, facultativo y temporal.
La justificación central apunta a los efectos económicos adversos que podría generar El Niño en los hogares. El documento cita cifras del Banco Central de Reserva del Perú sobre el fenómeno de 2023, que según esa fuente restó 1,1 puntos porcentuales al producto bruto interno de aquel año.
El proyecto también incorpora datos del Instituto Nacional de Estadística e Informática sobre la situación económica de la población. Según esas cifras, en 2025 el 25,7% de los habitantes se encontraba en pobreza monetaria y otro 32,8% era considerado no pobre vulnerable.
Como antecedente, el texto menciona la Ley 32445, publicada el 20 de septiembre de 2025. Esa norma autorizó durante 2025 un retiro extraordinario y facultativo de hasta 4 UIT, lo que convierte a la nueva propuesta en una extensión puntual de una lógica ya utilizada por el Estado peruano.
En el plano legislativo, la iniciativa ya ingresó a la Comisión de Economía del Congreso, pero todavía no fue sustentada ni cuenta con opiniones solicitadas a instituciones. De acuerdo con el proceso descrito, deberá ser evaluada primero por las comisiones de la Cámara de Diputados; si obtiene aprobación, pasará a la Cámara de Senadores y recién luego llegará al Poder Ejecutivo, que podría promulgarla u observarla.
El proyecto sostiene que la medida no generaría gasto público directo, porque los recursos provendrían de las cuentas individuales de los afiliados y no requerirían transferencias del Tesoro Público. No obstante, reconoce un riesgo fiscal indirecto al plantear que el retiro no sea considerado como tal para determinados efectos de la Ley N.° 32123, de modo de preservar el acceso posterior a pensiones con garantía estatal.
La propuesta también subraya que una nueva ley puede establecer una excepción a otra norma. Sin embargo, el debate sigue en etapa inicial: todavía faltan sustento, opiniones institucionales y los respaldos necesarios en el Congreso para avanzar hacia una eventual aprobación.
El caso peruano vuelve a poner sobre la mesa una tensión recurrente en la política económica: usar cuentas previsionales como un colchón ante shocks externos, sin que eso se traduzca en un gasto directo del Tesoro, pero con consecuencias futuras sobre la sostenibilidad del sistema de pensiones.

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