20/10/2026 · 09:54

La Justicia de CABA revocó sanción a abogado por insultar a jueces de la Corte

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sanción disciplinaria impuesta por el CPACF a Alejandro Sarubbi Benítez por insultar a jueces de la Corte Suprema en X. El fallo sostuvo que no hubo vínculo suficiente entre las publicaciones y el ejercicio profesional, aunque no justificó las expresiones.

Por Hernan Zuccardi Redacción Notibaires24
La Justicia de CABA revocó sanción a abogado por insultar a jueces de la Corte

La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal revocó la sanción disciplinaria que el Colegio Público de la Abogacía de Capital Federal impuso al abogado Alejandro Sarubbi Benítez.

El fallo, de la Sala IV, dejó sin efecto la advertencia en presencia del Consejo Directivo aplicada por el Tribunal de Disciplina.

La causa nació por publicaciones en X contra los jueces de la Corte Suprema después de un fallo firmado por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda.

En una de las publicaciones, Sarubbi Benítez escribió Los quiero presos y los calificó como hijos de mil puta.

También afirmó que no existe el derecho a la esperanza, los llamó enfermos mentales y describió a la Corte como la peor Corte de la historia humana.

La Cámara consideró que el Colegio no tenía competencia para sancionar esas expresiones porque no halló una vinculación suficiente con el ejercicio profesional.

Los camaristas señalaron que la sola inscripción en la matrícula no transforma al Colegio en un órgano con competencia general para juzgar cualquier comportamiento de quienes revisten la condición de abogado.

El fallo aclaró que el poder disciplinario puede alcanzar conductas fuera de un expediente judicial, pero siempre que exista una relación objetiva y suficiente con la profesión.

En este caso, Sarubbi Benítez no era representante de ninguna parte en la causa, no tenía una relación profesional con el denunciante y no realizaba una gestión jurídica vinculada con esos hechos.

La Sala IV sostuvo que identificarse públicamente como abogado no supone, por sí solo, ejercer la profesión ni convierte en actuación profesional toda opinión formulada a través de la misma cuenta.

Los jueces aclararon que la decisión no supone minimizar, justificar ni compartir las gravísimas y manifiestamente ofensivas expresiones.

Distinguieron entre el juicio que pueden merecer esos dichos y las consecuencias por vías pertinentes, y la determinación de si están sometidos a la potestad disciplinaria del CPACF.

El fallo comparó el caso con otras causas en las que se avalaron sanciones por expresiones públicas de abogados cuando existía un elemento concreto vinculado a una actuación profesional.

En esas causas, según la Cámara, había un elemento concreto, como una causa patrocinada, una audiencia o una relación previa con un cliente.

Sarubbi Benítez integra Las Fuerzas del Cielo, organización libertaria que lidera Daniel Parisini y se referencia en Santiago Caputo.

Conduce La Trinchera, de Carajo, y el programa Veredictum por Youtube; además es columnista de La Derecha Diario.

Según la fuente, es abogado de influencers y de dirigentes libertarios, como Daniel Parisini, Fernando Cerimedo, Esteban Glavinich, Juan Carreira y Manuel Adorni.

La decisión judicial marca un límite al poder disciplinario del Colegio y refuerza la distinción entre opinión pública y actuación profesional.

Quién es
Alejandro Sarubbi Benítez
Antecedentes
Fallo de la Cámara
En contexto
Publicaciones en X

Preguntas frecuentes

¿Por qué la Justicia revocó la sanción a Sarubbi Benítez?
Porque la Cámara consideró que no existía una vinculación suficiente entre las publicaciones en X y el ejercicio profesional de abogado.
¿Qué sanción se revocó?
La advertencia en presencia del Consejo Directivo impuesta por el Tribunal de Disciplina del CPACF.
¿La Cámara justificó los insultos a los jueces?
No; el fallo aclaró que no minimiza, justifica ni comparte las expresiones ofensivas, aunque no las somete a la potestad disciplinaria del Colegio.

Comentarios

Lector· hace unos minutos
Me parece razonable que la Cámara haya separado la opinión pública del ejercicio profesional. No comparto los insultos, pero el Colegio no puede ser tribunal de todos los tuits.
Lector· hace unos minutos
Da igual que no sea en una causa, insultar a jueces así no es opinión, es violencia verbal. La Cámara debería haber sido más firme.
Lector· hace unos minutos
El fallo no justifica la barbaridad, pero sí deja claro que la matrícula no es un collar para que el Colegio te juzgue por todo.
Lector· hace unos minutos
¿Razonable? Si el tipo escribe 'los quiero presos' y la Justicia le quita la sanción, está mandando una señal pésima.
Lector· hace unos minutos
Lo que me parece importante es que el fallo dice que no minimiza las expresiones. Eso es lo que muchos no leen.
Lector· hace unos minutos
No es señal de impunidad: la Cámara dice que puede haber consecuencias por otras vías. No es lo mismo que avalar los insultos.
Lector· hace unos minutos
Por eso mismo, si después no hay consecuencias por otras vías, la gente va a entender que no pasa nada.
Lector· hace unos minutos
Para los abogados de CABA esto marca un límite: no toda opinión pública es actuación profesional, aunque se use la misma cuenta.
Lector· hace unos minutos
Ojo, el fallo no dice que no haya consecuencias, dice que no son disciplinarias del Colegio. No es lo mismo.
Lector· hace unos minutos
Me da bronca que un abogado de influencers y dirigentes use la profesión como escudo para insultar. Aunque la Cámara diga que no es actuación profesional, el daño está.

Con información de Clarin - Ultimo Momento.