La historia judicial del cierre de FATE muestra dos caminos distintos: la Justicia laboral dio por saldadas las deudas con ex empleados, mientras que la causa penal sigue sin resolver la ocupación de la planta de San Fernando.
El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 17 dispuso el levantamiento del embargo sobre los fondos de la empresa y ordenó el reintegro del saldo que había quedado en la cuenta judicial. Según el fallo, las indemnizaciones y los salarios correspondientes quedaron cancelados.
El tribunal consideró que la medida de retención de fondos se cumplió íntegramente mediante las transferencias efectuadas en la causa. Por eso, desestimó la oposición de la representación letrada de la parte actora al pedido de restitución presentado por FATE.
La Justicia ordenó transferir a la cuenta de la demandada, en concepto de reintegro de capital no imponible, más de $1.548,5 millones. El fallo aclaró que esos recursos derivan de las sumas depositadas por el embargo y estaban destinadas a las transferencias de salarios dispuestas por la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.
El conflicto comenzó el 18 de febrero, cuando FATE anunció el cierre definitivo de su planta y el despido de unos 920 trabajadores. Desde entonces, el predio de Virreyes, en el partido de San Fernando, permanece ocupado por ex empleados y dirigentes sindicales que reclaman la reapertura y la reincorporación de la dotación.
La ocupación excede la discusión sobre pagos laborales. Según la empresa, impide retirar neumáticos, materias primas y otros bienes almacenados, además de limitar el acceso al establecimiento y la disposición de activos no alcanzados por restricciones judiciales.
En el fuero penal, la situación es distinta. En las primeras horas, el Juzgado de Garantías N° 4 de San Isidro ordenó el desalojo y la restitución del inmueble. Esa decisión fue revocada por la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de San Isidro, que entendió que la ocupación se inscribía en un conflicto laboral y en medidas de acción directa.
Meses después, la Cámara de Apelaciones de San Isidro dictó una nueva resolución favorable al desalojo, que volvió a ser cuestionada. La sucesión de resoluciones y recursos prolongó una situación que, a casi nueve meses del cierre, todavía no encontró una salida material.
Así, la resolución laboral cierra el capítulo de las obligaciones económicas, pero deja abierta la cuestión central: quién puede permanecer en la planta y cuándo se restituye el establecimiento a sus titulares.

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