30/09/2026 · 14:07

Decreto de vivienda en España: qué cambia para inquilinos y propietarios

El Consejo de Ministros aprobó dos reales decretos-ley que modifican alquiler, compraventa y fiscalidad de la vivienda en España. La norma principal prevé prórrogas de hasta dos años, ayudas del ICO y límites a inversores, y deberá ser convalidada en el Congreso este viernes.

Por Ramiro Achaval Redacción Notibaires24
Decreto de vivienda en España: qué cambia para inquilinos y propietarios

El Consejo de Ministros aprobó este martes dos reales decretos-ley que modifican las reglas del alquiler, la compraventa y la fiscalidad de la vivienda en España.

Según la información publicada, es importante que tanto inquilinos como propietarios comprendan en qué les afecta y qué cambia a partir de ahora. El paquete modifica reglas del alquiler, la compraventa y la fiscalidad de la vivienda en España.

La norma principal, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, establece una prórroga extraordinaria de hasta dos años para los contratos de alquiler que venzan antes del 31 de diciembre de 2028 y amplía hasta 2030 la protección frente a los desahucios de personas vulnerables.

Ahora la cuestión es que se convaliden en el Congreso de los Diputados en el pleno extraordinario de este viernes.

En vez de publicar un único decreto, conocido popularmente como el ‘decreto Maricarmen’, el Gobierno lo dividió en dos. En el segundo dejó la propuesta de que se permita la renovación automática de alquileres, un aspecto por el que Junts no estaba dispuesto a pasar por perjudicar, en su opinión, a los caseros.

Uno de los ejes busca facilitar el acceso a la propiedad entre quienes pueden asumir una hipoteca, pero no disponen del ahorro inicial. El mecanismo, gestionado por el Instituto de Crédito Oficial, financiará hasta el 20% del valor de la vivienda, con un tope de 50.000 euros, a tipo de interés cero y sin comisiones, en préstamos con una duración máxima de 10 años.

El decreto incorpora, además, una limitación temporal a la compra de vivienda por parte de determinadas entidades inversoras hasta el 31 de diciembre de 2028. La restricción alcanza a las sociedades cuyo objeto social incluya la adquisición de inmuebles a un precio inferior al 70% de su valor de tasación de mercado, con exclusiones para el sector público dedicado a vivienda social y para operaciones destinadas a vivienda asequible durante al menos cinco años.

En materia de fiscalidad de la construcción, el texto rebaja el IVA hasta el tipo superreducido del 4% para la vivienda de promoción pública y protegida, mientras que el alquiler turístico sin servicios hoteleros pasará a tributar con un IVA del 10%, frente al 21% que se había planteado en versiones previas del borrador.

El decreto amplía hasta el 31 de diciembre de 2030 la suspensión de los procedimientos de desahucio que afecten a personas en situación de vulnerabilidad económica sin alternativa habitacional. La medida se aplica cuando la parte demandante sea una entidad que desarrolle actividad inmobiliaria a gran escala y contempla un mecanismo de compensación para los casos en los que el demandante sea un propietario dedicado al alquiler asequible.

Los dos reales decretos-ley deberán superar la votación de convalidación del Congreso este viernes. Al tramitarse en dos normas separadas, cada una podrá ser aprobada o rechazada de forma independiente, un antecedente que ya ocurrió con un decreto similar en abril, cuando decayó por falta de apoyo parlamentario.

Antecedentes
Convalidación en el Congreso
En contexto
Préstamo del ICO
En contexto
IVA y alquiler turístico

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa con los alquileres que vencen antes del 31 de diciembre de 2028?
El decreto establece una prórroga extraordinaria de hasta dos años para esos contratos.
¿Qué financia el ICO para comprar vivienda?
Hasta el 20% del valor de la vivienda, con tope de 50.000 euros, a tipo de interés cero, sin comisiones y con duración máxima de diez años.
¿Cuándo se votan los decretos de vivienda?
En el Congreso de los Diputados, en un pleno extraordinario de este viernes; cada norma podrá ser aprobada o rechazada de forma independiente.

Comentarios

Lector· hace unos minutos
La prórroga de hasta dos años para alquileres que vencen antes del 31 de diciembre de 2028 puede dar algo de estabilidad a inquilinos, pero todo depende de la convalidación del viernes.
Lector· hace unos minutos
Lo del ICO con 50.000 euros a interés cero suena bien, pero el tope puede quedarse corto para muchas viviendas.
Lector· hace unos minutos
El 20% con tope de 50.000 euros ayuda, pero si la tasación de mercado está alta no cubre todo el ahorro inicial.
Lector· hace unos minutos
Que Junts haya estado en desacuerdo con la renovación automática muestra que el tema caseros sigue pesado.
Lector· hace unos minutos
Ojo: la renovación automática quedó en el segundo decreto, así que puede caer si no hay apoyo parlamentario.
Lector· hace unos minutos
Por eso el viernes es clave: cada norma se vota por separado y ya pasó en abril con un decreto similar.
Lector· hace unos minutos
El IVA del 10% para alquiler turístico sin servicios hoteleros es más razonable que el 21% del borrador.
Lector· hace unos minutos
La restricción a inversores que compren por debajo del 70% de tasación puede frenar compras agresivas hasta 2028.

Con información de Infobae.