El Consejo de Ministros aprobó este martes dos reales decretos-ley que modifican las reglas del alquiler, la compraventa y la fiscalidad de la vivienda en España.
Según la información publicada, es importante que tanto inquilinos como propietarios comprendan en qué les afecta y qué cambia a partir de ahora. El paquete modifica reglas del alquiler, la compraventa y la fiscalidad de la vivienda en España.
La norma principal, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado, establece una prórroga extraordinaria de hasta dos años para los contratos de alquiler que venzan antes del 31 de diciembre de 2028 y amplía hasta 2030 la protección frente a los desahucios de personas vulnerables.
Ahora la cuestión es que se convaliden en el Congreso de los Diputados en el pleno extraordinario de este viernes.
En vez de publicar un único decreto, conocido popularmente como el ‘decreto Maricarmen’, el Gobierno lo dividió en dos. En el segundo dejó la propuesta de que se permita la renovación automática de alquileres, un aspecto por el que Junts no estaba dispuesto a pasar por perjudicar, en su opinión, a los caseros.
Uno de los ejes busca facilitar el acceso a la propiedad entre quienes pueden asumir una hipoteca, pero no disponen del ahorro inicial. El mecanismo, gestionado por el Instituto de Crédito Oficial, financiará hasta el 20% del valor de la vivienda, con un tope de 50.000 euros, a tipo de interés cero y sin comisiones, en préstamos con una duración máxima de 10 años.
El decreto incorpora, además, una limitación temporal a la compra de vivienda por parte de determinadas entidades inversoras hasta el 31 de diciembre de 2028. La restricción alcanza a las sociedades cuyo objeto social incluya la adquisición de inmuebles a un precio inferior al 70% de su valor de tasación de mercado, con exclusiones para el sector público dedicado a vivienda social y para operaciones destinadas a vivienda asequible durante al menos cinco años.
En materia de fiscalidad de la construcción, el texto rebaja el IVA hasta el tipo superreducido del 4% para la vivienda de promoción pública y protegida, mientras que el alquiler turístico sin servicios hoteleros pasará a tributar con un IVA del 10%, frente al 21% que se había planteado en versiones previas del borrador.
El decreto amplía hasta el 31 de diciembre de 2030 la suspensión de los procedimientos de desahucio que afecten a personas en situación de vulnerabilidad económica sin alternativa habitacional. La medida se aplica cuando la parte demandante sea una entidad que desarrolle actividad inmobiliaria a gran escala y contempla un mecanismo de compensación para los casos en los que el demandante sea un propietario dedicado al alquiler asequible.
Los dos reales decretos-ley deberán superar la votación de convalidación del Congreso este viernes. Al tramitarse en dos normas separadas, cada una podrá ser aprobada o rechazada de forma independiente, un antecedente que ya ocurrió con un decreto similar en abril, cuando decayó por falta de apoyo parlamentario.

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