En Perú, la CTS vuelve a estar en el centro del debate laboral porque los empleadores deberán depositar el segundo pago anual durante los primeros quince días de noviembre, con un plazo especial por el calendario.
El beneficio equivale, aproximadamente, a medio sueldo para los trabajadores privados en planilla y a un cuarto de sueldo para quienes cobran en media planilla, según la explicación publicada por Infobae.
La Ley 32322 habilitó el retiro libre del 100% de los depósitos de CTS acumulados hasta el 31 de diciembre de 2026, lo que convirtió al segundo depósito de 2026 en una oportunidad para sacar todo el dinero.
La pregunta frecuente es si el retiro de CTS termina en 2027. La respuesta, según el texto legal citado, es que no desaparece, pero cambia: desde ese año el trabajador podrá retirar solo hasta un 50% del monto disponible.
El ejemplo es simple: si un trabajador tiene S/1.000 acumulados, podría retirar S/500 y el resto quedaría bloqueado, de modo que el acceso total volvería a depender de una situación especial, como el desempleo.
La liberación total no estaba en el artículo permanente de la ley, sino en una Disposición Complementaria Transitoria. Ese texto autoriza, por única vez y hasta el 31 de diciembre de 2026, a los trabajadores comprendidos por el Decreto Legislativo 650 a disponer libremente del 100% de sus depósitos.
El artículo único de la norma modifica el artículo 42 del Decreto Legislativo 650 y establece que el trabajador podrá hacer retiros parciales de libre disposición, con cargo a su depósito de CTS e intereses acumulados, siempre que no exceda el 50%.
Además, el texto conserva una excepción importante: si el trabajador es diagnosticado con enfermedad terminal o cáncer, debidamente acreditado ante el empleador, podrá retirar el 100% de su depósito de CTS e intereses acumulados en cualquier momento.
El cálculo de ese retiro total se efectúa a la fecha en que el trabajador solicita la operación, según la redacción citada por Infobae.
Para el segundo pago de 2026, el plazo normal vence el 15 de noviembre, pero ese día cae en domingo. Por eso, los empleadores tendrán hasta el lunes 16 de noviembre para realizar el depósito correspondiente.
Ese pequeño cambio de calendario amplía el margen para que los trabajadores accedan al 100% de sus fondos antes de que expire la disposición transitoria. En la práctica, el depósito del 16 de noviembre les da más días para decidir si retiran todo o solo una parte.
La clave está en leer la norma completa: el retiro libre del 100% es una ventana temporal, el tope del 50% es la regla general desde 2027, y la excepción médica sigue siendo una vía para acceder al total.
Con información de: Infobae, sobre la CTS en Perú.

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