30/09/2026 · 00:08

Corte Suprema revocó orden a influencer y defendió libertad de expresión

La Corte Suprema revocó por unanimidad una medida cautelar que obligaba a una influencer a borrar publicaciones sobre otra y le prohibía referencias públicas. El fallo defendió la libertad de expresión y consideró que la orden generaba censura previa y efecto inhibitorio en redes sociales.

Por Mercedes Arizmendi Redacción Notibaires24
Corte Suprema revocó orden a influencer y defendió libertad de expresión

La Corte Suprema dejó sin efecto este martes, por unanimidad, una sentencia que obligaba a una influencer a eliminar publicaciones sobre otra y le prohibía hacer referencias públicas en el futuro.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que la medida cautelar restringía de manera indebida la libertad de expresión y podía generar un efecto inhibitorio sobre otros usuarios de las redes sociales.

En un voto conjunto, Rosatti y Rosenkrantz recordaron que las restricciones a la libertad de expresión “que impidan o dificulten el proceso comunicacional, deben ser de interpretación restrictiva” y que “toda censura previa que sobre ella se ejerza padece de una fuerte presunción de inconstitucionalidad”.

El máximo tribunal cuestionó que la orden judicial exigiera eliminar publicaciones sin identificar de manera precisa cuáles contenidos afectaban el honor o la intimidad de la demandante, y advirtió que esa falta de precisión podía afectar el derecho de defensa de la destinataria.

El caso enfrentó a Candela Sánchez, escritora e influencer con casi 200.000 seguidores en Instagram, con Mariana Núñez, conocida como Nana In Seul. Sánchez denunció que sufría acoso y hostigamiento cibernético, con mensajes agresivos, afectación de su honor e instigación a sus seguidores para atacarla.

Sánchez logró en primera instancia una medida cautelar que obligaba a Nana In Seul a borrar publicaciones y le prohibía hacer referencias públicas, decisión que fue ratificada en la Cámara. Ahora, la Corte Suprema revocó esa medida preventiva.

Los magistrados sostuvieron que “La admisión de una medida cautelar sin precisar cuáles contenidos vulnerarían los derechos a la intimidad y al honor invocados por la actora, además de afectar el derecho de defensa de la destinataria, configura una indebida restricción a la libertad susceptible de generar un efecto inhibitorio no solo en la demandada, sino también en otros usuarios de las redes sociales”.

La Corte también cuestionó la prohibición de realizar futuras referencias públicas a la demandante. Según Rosatti y Rosenkrantz, esa orden “importa una clara censura previa” en los términos de la Constitución Nacional y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Señalaron que la Cámara no examinó si existía un supuesto excepcional que justificara esa prohibición ni si la medida resultaba estrictamente necesaria.

Por su parte, Lorenzetti coincidió en dejar sin efecto la medida preventiva. En su voto, sostuvo que “la medida preventiva provisoria adoptada no se ajusta a los criterios legales en los términos en que fue dispuesta, en tanto impone una restricción preventiva de alcance indeterminado y no establece parámetros claros para la ponderación de los derechos en conflicto”.

El fallo también analizó la exposición pública de las protagonistas. En el voto conjunto, Rosatti y Rosenkrantz señalaron que ambas tienen una alta exposición en las redes sociales y observaron que Sánchez comparte en Instagram distintos aspectos de su vida y sus actividades comerciales. Según los magistrados, esa conducta “habilita comentarios y críticas acerca del contenido de las publicaciones que comparte en dichos medios”.

También remarcaron que las redes sociales son “un espacio de expresión abiertamente participativo” y que tienen “un estilo de comunicación, un lenguaje y unos modos de expresión propios” que los tribunales deben considerar al analizar si determinadas expresiones resultan ilícitas.

Sánchez se presenta como escritora y comunicadora digital. Es autora del libro “De amor y resistencias” y utiliza sus redes sociales para compartir aspectos de su vida personal, viajes y actividades comerciales. Núñez, en tanto, ganó visibilidad en las redes por sus críticas a celebridades, influencers y marcas, de los que destaca presuntos plagios y falta de originalidad en contenidos y diseños comerciales.

Con información de: Clarin y último momento.

En contexto
Medida cautelar
Quién es
Candela Sánchez
Quién es
Nana In Seul

Preguntas frecuentes

¿Qué decidió la Corte Suprema en el caso de influencers?
Dejó sin efecto, por unanimidad, la medida cautelar que obligaba a una influencer a borrar publicaciones y le prohibía hacer referencias públicas.
¿Por qué la Corte consideró problemática la prohibición?
Porque la orden no precisaba qué contenidos afectaban honor o intimidad y, según el fallo, importaba una censura previa con efecto inhibitorio.
¿Qué dijo el fallo sobre las redes sociales?
Que son un espacio de expresión abiertamente participativo con estilo de comunicación, lenguaje y modos de expresión propios que los tribunales deben considerar.

Comentarios

Lector· hace unos minutos
Me parece importante que la Corte ponga un límite a la censura previa, aunque entiendo que el acoso en redes puede ser muy pesado.
Lector· hace unos minutos
Ojalá esto no se tome como permiso para insultar. La libertad de expresión no debería ser escudo para hostigar a una persona.
Lector· hace unos minutos
En el conurbano vemos todos los días cómo una pelea en Instagram termina en problemas reales. Bien que se aclare el marco legal.
Lector· hace unos minutos
No es lo mismo criticar que hostigar. Si la Corte dice que no se puede prohibir hablar de alguien, hay que entender que no es un cheque en blanco para el acoso.
Lector· hace unos minutos
Como vecina de Lomas, sé lo que es que te sigan por redes y te metan en la vida. El fallo debería proteger también a la que sufre acoso.
Lector· hace unos minutos
Acá no se trata de prohibir hablar, sino de que el juez precise qué publicación ofende. Una orden genérica es la que asusta a cualquiera.
Lector· hace unos minutos
Justo. La exposición pública no te obliga a tolerar todo, pero tampoco puede convertirse en una boleta de censura sin parámetros.
Lector· hace unos minutos
Me quedo con la frase de que las redes tienen su propio lenguaje. Los tribunales no pueden leer todo como si fuera un diario.

Con información de Clarin - Ultimo Momento.