El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) confirmó la condena de 15 años y ocho meses de prisión contra A.G.F. por el homicidio de una vendedora de lotería de 74 años en la localidad española de Albox, provincia de Almería.
El crimen ocurrió durante la madrugada del 10 de septiembre de 2021, cuando el acusado ingresó a la vivienda de la víctima con el objetivo de robarle dinero en efectivo que sabía que guardaba por su actividad como vendedora ambulante de lotería.
La resolución judicial desestimó los recursos de apelación presentados tanto por la defensa del condenado como por la acusación particular, ratificando el fallo original que también establecía el pago de 90.000 euros a cada uno de los dos hijos de la víctima en concepto de indemnización.
El tribunal mantuvo las penas impuestas por la Audiencia Provincial de Almería: diez años y diez meses por homicidio y cuatro años y diez meses por robo con violencia en casa habitada y uso de armas peligrosas.
Esta sentencia corresponde al segundo juicio celebrado por estos hechos, después de que el propio TSJA ordenara repetir el proceso al detectar falta de motivación en la primera resolución.
La Sala rechazó los argumentos de la defensa, que alegaba vulneración del derecho a la presunción de inocencia, y concluyó que el jurado expuso de forma "extensa y razonada" los indicios que llevaron a considerar al acusado como autor del crimen.
Entre las pruebas destacadas figuran que el acusado era conocido por la víctima, ya que residía a unos 200 metros de su domicilio. Además, el candado, la llave y la cadena de la cancela exterior aparecieron bajo el cadáver sin signos de haber sido forzados, lo que sugiere que la mujer le abrió voluntariamente.
Los peritos encontraron restos biológicos bajo las uñas de siete dedos de la víctima, con un haplotipo de cromosoma Y coincidente con el del acusado. También resultó clave la llamada que A.G.F. hizo a su madre tras sufrir un accidente de tráfico esa misma noche, pidiéndole que le comprara ropa nueva y "quemara toda la ropa que tenía en casa".
Según los hechos probados, el acusado acudió a la vivienda entre las 2:30 y las 4:00 horas sabiendo que la mujer vivía sola y solía tener dinero en efectivo. Cuando ella abrió la puerta, le asestó múltiples puñaladas con un cuchillo o navaja.
La víctima sufrió nueve heridas en el cuello, una en el tórax y otra en la mano derecha al intentar defenderse. Murió por shock hemorrágico tras el desgarro de la vena yugular. Tras el ataque, el agresor se apoderó de un bolso negro con dinero, objetos de valor, documentación y dos teléfonos móviles que nunca fueron recuperados.
El tribunal también rechazó el recurso de la acusación particular, que pedía una pena superior. La Sala consideró que la condena se ajusta a la ley, teniendo en cuenta la atenuante de drogadicción que el jurado declaró probada, ya que el acusado tenía disminuida su capacidad para controlar sus actos debido a su grave adicción a sustancias estupefacientes.

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