El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires presentó este miércoles un proyecto de reforma integral del Código Contravencional, impulsado por el jefe de Gobierno Jorge Macri y enviado a la Legislatura porteña.
La iniciativa modifica la Ley 1.472, el Código Contravencional vigente, y la Ley 12 de Procedimiento Contravencional.
Las contravenciones son conductas que alteran la convivencia ciudadana, como faltas de tránsito, ruidos molestos o acoso callejero, y se sancionan principalmente con multas, tareas comunitarias o días de arresto.
El proyecto amplía las herramientas disponibles en las tres categorías y endurece las penas en la mayoría de las contravenciones que figuran en el Código.
Además, agrega faltas relacionadas con conductas digitales y con la ocupación irregular del espacio público.
“Al delincuente menor de edad que rompe la ley sabiendo que no va a tener consecuencias; al que acosa, sigue o acecha a una persona en la calle; al estafador que se hace pasar por un banco para engañar a alguien y robarle sus datos; al puntero que financia agrupaciones violentas; al delincuente que lleva una bomba molotov a una manifestación: a todos ellos, bajo mi gestión, se les terminó la impunidad”, sostuvo Macri.
El mandatario agregó que la reforma apunta a que “quien rompe la ley pague las consecuencias de sus actos”.
Uno de los cambios más visibles involucra las sanciones por conducción bajo los efectos del alcohol.
El esquema actual contempla multas de 300 a 2.000 unidades fijas, equivalentes a entre $ 351.924 y $ 2.346.160, y entre 1 y 10 días de arresto, más inhabilitación de la licencia de 4 meses a 2 años.
Con la reforma, la multa pasaría a un rango de 1.000 a 6.000 UF, superando los $ 7.038.480 en su techo, mientras que el arresto se extendería a entre 5 y 30 días y la inhabilitación de la licencia escalaría a un mínimo de 6 meses y un máximo de 4 años.
Las sanciones por actividades lucrativas no autorizadas en el espacio público también se elevan de manera pronunciada.
En la actualidad, el techo de las multas para esa categoría, que comprende la venta informal o los manteros, es inferior a $ 15 millones.
El proyecto fija un nuevo máximo de 50.000 UF, equivalente a $ 58.654.000, casi cuatro veces el límite previo.
El aumento forma parte de un esfuerzo más amplio por desincentivar la ocupación irregular de la vía pública con fines comerciales.
En materia de reincidencia, la iniciativa introduce cambios estructurales.
Los aumentos de pena escalan según el número de recaídas: 50% para la primera, 66,6% para la segunda y 100% para la tercera.
Además, la definición de reincidente se amplía: ya no es necesario que la falta repetida sea exactamente la misma, sino que basta con que sea una conducta similar dentro del espacio público.
Para los trapos, quienes extorsionan a conductores para estacionar en la vía pública, la reincidencia elevaría el arresto de 60 a 90 días.
Los reincidentes, además, quedarían excluidos del régimen de arresto domiciliario, salvo excepciones debidamente fundadas.
El proyecto crea un Registro de Reincidentes en Contravenciones en el Espacio Público para dar seguimiento a esos casos.
Para los ruidos molestos, como música a alto volumen en espacios comunes de edificios, las tareas de utilidad pública pasarían del rango actual de 1 a 5 días a uno de 3 a 15.
Las multas treparían desde el techo vigente de 100 UF hasta 600 UF, y se incorporaría la posibilidad de hasta 10 días de arresto, una herramienta que hoy no está disponible para ese tipo.
Con información de: Infobae.

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