Un viaje familiar a España terminó en una disputa judicial que cruza el Atlántico. María Antonieta y Cipriano, matrimonio argentino, viajaron a Tarragona en mayo de 2025 para que su hijo conociera a la abuela materna. El padre volvió a Argentina, la madre se quedó con el niño y la Justicia española le dio la custodia provisional.
La pareja, identificada con nombres ficticios, se casó en Argentina en septiembre de 2023. El hijo, identificado como Borja en la causa, nació en San Lorenzo, con nacionalidad y domicilio argentinos. El viaje a España tenía como destino la casa de la abuela materna, también de nacionalidad argentina.
Durante la estadía, ambos progenitores realizaron gestiones administrativas que excedieron el perfil de una visita breve. El 21 de mayo de 2025 empadronaron al niño en Tarragona, con participación de los dos padres y el menor. Menos de un mes después, el 9 de junio, solicitaron la inscripción de su matrimonio en el Registro Civil Central español.
También iniciaron el procedimiento para obtener la nacionalidad española del hijo, que incluyó una declaración de arraigo firmada por Cipriano el 27 de junio. A esos pasos se sumó un contrato de trabajo indefinido del padre, una solicitud de residencia temporal de la madre como familiar y el reconocimiento de cobertura sanitaria para el menor.
El padre reconoció haber autorizado el empadronamiento del niño, haber trabajado en el país bajo dos contratos laborales distintos e intentado homologar su carné de conducir argentino. Pero el 28 de julio de 2025, Cipriano volvió a Argentina y promovió un procedimiento de restitución internacional del menor ante el Juzgado de Familia de San Lorenzo.
La acción se amparó en el Convenio de La Haya de 1980, que permite a un progenitor reclamar el regreso de un hijo cuando considera que fue trasladado o retenido en otro país sin consentimiento o más allá del plazo acordado. El juzgado argentino comunicó ese proceso al Juzgado de Primera Instancia de Tarragona el 7 de agosto de 2025. En paralelo, la pareja inició un divorcio en España, registrado bajo el número 778/2025.
En España, Cipriano apeló la resolución y pidió dejar sin efecto la pensión alimenticia o reducirla a 150 euros mensuales, además de ampliar su contacto con el hijo. Planteó que el tribunal español carecía de competencia porque el niño tenía residencia habitual en Argentina. La Audiencia Provincial de Tarragona rechazó ese argumento y recordó que el tribunal del Estado donde el niño se encuentra físicamente puede dictar medidas provisionales urgentes.
El caso combina dos procesos: la restitución internacional en Argentina y las medidas provisionales en España. La disputa no se limita a un viaje familiar, porque incluye gestiones de residencia, trabajo, nacionalidad y divorcio.

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